CNDA-NE-041-2021

UN COMITÉ NACIONAL DE FACILITACIÓN DEL

COMERCIO SIN LOS OPERADORES DE

COMERCIO

 

Dice una vieja y romántica canción que “hay cosas que la razón no entiende porque solo las comprende el corazón”, sin embargo, por mucho esfuerzo que hacemos para entender a nuestros gobernantes desde el sector privado nacional, al que representamos por nuestra democracia institucional, seguimos siendo testigos de actitudes y situaciones inentendibles a partir de la racionalidad y también incomprensibles desde la sabiduría que deviene del espíritu.

Esta semana hemos recibido una prueba más del poco aprecio y atención del Gobierno hacia el sector productivo privado boliviano, al aprobarse el Decreto Supremo 4600 que establece la Creación del Comité Nacional de Facilitación del Comercio (CNFC) en cumplimiento del Acuerdo suscrito en la Organización Mundial del Comercio que ratificamos mediante Ley 998 de Noviembre de 2017. La mencionada norma legal establece la conformación del Comité con cuatro Ministerios relacionados al área económica y comercial: el Ministerio de Relaciones Exteriores, Economía y Finanzas, Desarrollo Productivo, Desarrollo Rural y Tierras, teniendo como Secretaria Técnica a la Aduana Nacional, y dejando totalmente al margen de este mecanismo de coordinación de políticas comerciales a los operadores de comercio exterior.

En contrasentido a lo que han establecido la mayoría de los países miembros de la OMC a partir del 2015 -año que entró en vigencia el Acuerdo de Facilitación del Comercio- nuestro país prescinde de su sector privado nacional en el más importante espacio de coordinación y concertación de regulaciones y medidas de facilitación de las exportaciones, importaciones y tránsito aduanero de las mercancías, sin considerar que más de dos terceras partes del empleo los genera el sector privado y más del 70% del comercio exterior del país es responsabilidad de la actividad económica generada por empresas no relacionadas con el Estado. Consideramos que esta no es solo una actitud soberbia y de autosuficiencia, sino además poco pragmática e inteligente, puesto que las regulaciones del comercio deben estar acorde a las necesidades de facilitación que expresan y requieren los operadores del comercio, más aun cuando este se constituye en el principal factor de recuperación de la economía nacional en la post pandemia.

Una de las principales recomendaciones de la Comisión Económica para la Facilitación del Comercio y el Comercio Electrónico de Naciones Unidas (UN/CEFACT), en su Recomendación No. 4, determina que los gobiernos establezcan y apoyen órganos nacionales de facilitación del comercio con una participación equilibrada de los sectores público y privado a fin de: a) identificar los problemas que afectan el costo y la eficiencia del comercio internacional de su país; b) desarrollar medidas para reducir el costo y mejorar la eficiencia del comercio internacional; c) ayudar en la implementación de esas medidas; d) proporcionar un punto focal nacional para la recopilación y difusión de información sobre las mejores prácticas en la facilitación del comercio internacional; y e) participar en los esfuerzos internacionales para mejorar la facilitación y la eficiencia del comercio.

Cabe anotar que luego del retraso de cuatro años en conformar el Comité Nacional de Facilitación del Comercio, aun son muchos los aspectos a mejorar y las tareas a encarar en materia facilitación y transparencia en el comercio exterior boliviano. Somos uno de los pocos países en la región que no cuenta con un Sistema de Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), los procesos de importación y exportación se encuentran digitalizados de forma parcial, siendo aún necesarios los documentos originales firmados de puño y letra y hasta con huella digital.

A pesar de la modernización de nuestro sistema aduanero, reconocido y destacado por los operadores de comercio, el mismo no tiene interoperabilidad con el resto de los sistemas de otras entidades oficiales vinculadas a la regulación del comercio, como el Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASAG), el Servicio Nacional de Exportaciones (SENAVEX), la Agencia del Medicamento (AGEMED), el Instituto de Metrologia (IBMETRO) o la Autoridad de Bosques y Tierras (ABT), por mencionar algunos.

Aspectos esenciales de la facilitación del comercio como la publicación y disponibilidad de la información y su disposición en internet, establecidos como requisitos básicos para el desarrollo de un comercio basado en la legalidad, se cumplen de forma parcial, puesto que ni si quiera el mismo arancel aduanero que se constituye en una herramienta indispensable del comercio exterior ofrece la certidumbre que el operador requiere, pues el mismo instrumento legal que lo pone en vigencia señala en su articulado su “carácter referencial” respeto a los impuestos aplicables (IVA e ICE) y las regulaciones de cada una de las partidas arancelarias como las Autorizaciones Previas, Certificaciones y otros.

En definitiva, conscientes que la actual política del Gobierno es gobernar sin escuchar al sector privado, esperamos que el Comité Público de Facilitación del Comercio cumpla al menos con los preceptos de facilitación y transparencia que el comercio requiere.

Lic. Antonio Rocha Gallardo

PRESIDENTE CNDA